martes, 20 de diciembre de 2011

La carta no publicada


San Antonio de los Altos 30 de mayo de 2011

Ciudadanos
Miembros de la Comunidad de la Torre 5, Parque Residencial OPS
Presentes.-

Me dirijo a ustedes, impulsado por el deseo de compartir con ustedes mis inquietudes y análisis sobre las situaciones presentadas en las Juntas de Condominios elegidas una el 26 de septiembre de 2010 y la otra el 24 de marzo de 2011, luego que la mayoría de los miembros de la Junta del 26 de septiembre renunciaran a sus cargos.
Quiero comenzar recordándoles que en su afán de exponer al escarnio público ante los vecinos de nuestra torre, las dos miembros de la Junta de Condominio de la Torre 5, quienes para ese momento ostentaban los cargos de Secretaria y 3er. vocal, publicaron una serie de escritos con sus respectivas graficas en cartelera, sin la aprobación de los miembros de la Junta de Condominio para ese momento vigente, este par de señoras demostrando la maldad que las consume y la falta de amor hacia el prójimo, arremetieron contra el sr. CONSERJE, de manera inmisericorde, demostrando así el desprecio que sienten hacia personas humildes, para nadie es un secreto que estas señoras acosaron laboralmente al conserje desde el mismo instante que asumieron por primera vez como miembros de la junta de condominio, en fecha 26 de septiembre de 2010, resulta muy lamentable que estas personas hayan atentado contra la estabilidad laboral y emocional de un persona, pues no están exentas si es que ya no han pasado por situaciones laborales extremas, es de hacer notar que ellas no actúan por si mismas, se sabe que detrás de ellas hay otras personas que las manejan cual marionetas, dan pena ajena, si hubiesen tenido un poco de dignidad no formarían parte de la Actual Junta de Condominio, la cual fue elegida el jueves 24 de marzo, en todo caso a estas alturas ya la comunidad sabe que tipo de personas son, toda vez que, las relaciones entre ellas no son de un todo buenas, (se cumple de nuevo la situación planteada en la Junta anterior), pero aquí las cosas se pusieron color de hormiga pues la otrora SECRETARIA de la Junta anterior quien es la misma de la junta actual, parece que le dieron una cucharada de su misma medicina, razón por la cual no duro mucho en el cargo, toda vez que después de tantas desavenencias entre ellas no le quedo otra que renunciar.

De igual manera luego de haberse mantenido en el cargo durante ______ (___) meses la PRESIDENTA también renuncio, quedando la Junta de Condominio en manos de quien fuera 3er. vocal de la Junta anterior como TESORERA de la actual, parece que esta señora les jugo rudo a la PRESIDENTA y a la SECRETARIA, gracias a Dios su periodo vencerá y no habrá reelección para ellas.

Luego de la renuncia a la Junta de Condominio, en fecha 24 de febrero del año 2011, del Presidente, Tesorero y el 1er y 2do vocal, y el aprovechamiento de la sra. SECRETARIA, ante la situación presentada como fue el fallecimiento desafortunado del Sr. VICTOR RAMOS, para armar una tramoya y hacerles creer a la comunidad que los referidos ciudadanos habían renunciado a fin de evadir responsabilidades. El sainete montado por esta señora y un grupito de vecinos aparentemente dio resultados, pero una publicación en cartelera de fecha 15 de marzo de 2010 hizo que muchos vecinos abrieran los ojos, y estos comenzaran a ver las cosas desde otro punto de vista, sin embargo la referida publicación duro en cartelera menos de un día, toda vez que no era conveniente a los planes de la ciudadana SECRETARIA y su combo, y esta fue retirada, razón por la cual se emitieron posteriormente copias de las mismas, a fin de hacerla llegar a la mayoría de los vecinos, sobre todo a aquellos que acudieron a la elección de la nueva Junta de Condominio.

Por otra parte la sra. SECRETARIA muestra supina ignorancia al creer que engañaban a los vecinos al presentar un escrito donde presuntamente en la asamblea pautada para el 17 de febrero de 2011, se había decidido no continuar con la empresa de mantenimiento NarvyExpress, el cual se encuentra firmado por un grupo de vecinos que posiblemente preñados de buenas intenciones suscribieron el referido escrito, abusando de la buena fe de esos vecinos, entendiéndose que la buena fe se presume, mientras que la mala fe hay que demostrarla. Cabe destacar que ese día no hubo quórum por lo que esa supuesta decisión es nula de toda nulidad, por lo que se convoco una tercera y última asamblea pare el día 24 de febrero, y el referido escrito fue presentado para su firma en esa fecha. Los vecinos pueden solicitar copias de la asamblea celebrada el 17/02/2011, a la ADMINISTRADORA VENESPA, así como cualquier tipo de información, están en su derecho. ¿Como se burlaron de nosotros?
Es necesario recordar la necesidad de un ayudante para el conserje ahora denominado (Trabajador Residencial) o en su defecto la contratación de una empresa que realice el trabajo realizado por NarvyExpress, pero considero que es necesario hacer primero que nada un análisis, sobre todo cuando se trata de nuestro dinero, por ejemplo:
¿Cual seria el impacto económico sobre los gastos comunes, con la contratación de un ayudante? Veamos:

Concepto
01/05/2011
Salario mínimo
1.404,47
Salario integral diario
49,68
Bono alimentación
418,00
Vacaciones
58,52
Bono vacacional
27,31
Bono fin de año
58,52
Aporte IVSS
137,33
Fondo Ahorro Habitacional
14,90
Paro Forzoso
25,93
TOTAL
2194,66

En total alcanza a DOS MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO BOLIVARES CON 66/100 CENTIMOS (2.194,66), cabe destacar que, con la contratación de un ayudante el monto expresado anteriormente corresponde a un mes de trabajo, sin incluir el calculo de prestaciones, ya que para ello tendrían que contratar por tres (3) meses, para no acumular pasivos, aunado al hecho que no se ha tomado en cuenta lo que tendríamos que gastar por concepto de material de limpieza, lo cual seguramente seria superior a los TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) que cobraba NarvyExpress.

El tema de los ascensores, en este caso la protagonista es la sra. 3ra vocal, quien en la Asamblea del 24 de marzo difamo de manera pública y notoria a la empresa ASCENSORES MAXVI 2 C.A., al señalarla como empresa fantasma, toda vez que ella había constatado en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha veintitrés (23) de junio del año dos mil seis (2006), y pudo constatar que: la referida empresa no se encontraba inscrita bajo el Nº 16, Tomo 122-A-Sdo, y que en su lugar estaba otra empresa, sin mostrar a la audiencia documento alguno que sustentara su acusación, es de hacer notar que las señoras ya señaladas hacen buena práctica de la cultura de PAUL JOSEPH GOEBBELS. Reiteradamente de manera irresponsable han sostenido que la reparación de los ascensores tuvo un costo de CIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 140.000,00), pero que se había cancelado la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 160.000, 00), donde hacen ver que alguien se había apoderado indebidamente de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,00), sin ni siquiera constatar con la ADMINISTRADORA los referidos montos,  esto presuntamente sucedió en mi administración, cosa que han dicho pero no han probado, esto lo que si prueba es que estas dos señoras son cultoras GOEBBELIANA, lo último sucedió cuando se daño el ascensor par, nuevamente la acusación pero ahora se hablaba de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 180.000,00), señoras ¡sean serias!. Ahora paso a informar a la comunidad sobre el gasto por concepto de reparación de los ascensores que se llevo a cabo en el año 2009, y que fue por el monto de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 146.000,00), mas el doce por ciento (12%) por concepto de IVA, lo cual da un total de CIENTO SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs. 163.520,00) y que desgloso a continuación:
 
Para la reparación de los dos (02) ascensores se acordó con la empresa ASCENSORES MAXVI 2 que el precio total de la obra era por la cantidad de SETENTA Y TRES MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 73.000,00), por cada ascensor lo cual hacia un total de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 146.000,00), más el doce por ciento (12%) del Impuesto del Valor Agregado (IVA), sobre la cantidad referida por un monto de DIESISIETE MIL QUINIENTOS VEINTE BOLIVARES EXACTOS (Bs. 17.520,00), lo cual hacen un total de CIENTO SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTE BOLIVARES EXACTOS (Bs. 163.520,00), discriminados de la siguiente manera:

El primer pago se hizo por el treinta por ciento (30%) del importe total es decir de CUARENTA Y NUEVE MIL CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES EXACTOS (Bs. 49.056,00) y se liquidara a la firma de este contrato.

Las partes acordaron en que el saldo pendiente por la cantidad de CIENTO CATORCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES EXACTOS (Bs. 114.464,00), se dividió en dos porciones cada una de ellas de CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES EXCATOS (Bs. 57.232,00).

El pago correspondiente a la primera porción por la reparación del ascensor impar, se hará de la siguiente forma:
1.      El primer pago de esta porción fue de diecisiete enteros con cincuenta centésimas por ciento (17,50%) y se liquidó el tres (03) de agosto del año dos mil nueve (2009), con puesta en la sala de maquina del tablero de control para el ascensor impar.
2.      El segundo pago de esta porción fue de diecisiete enteros con cincuenta centésimas por ciento (17,50%) y se liquido el doce (12) de agosto del año dos mil nueve (2009), con la instalación del tablero de control y cable viajero.
3.      El tercer pago de esta porción fue de diecisiete enteros con cincuenta centésimas por ciento (17,50%) y se liquidó el veintiuno (21) de agosto del año dos mil nueve (2009), con la instalación del motor de puerta, cableado de pozo, instalación de inductores y micro switch de seguridad para corta corriente.
4.      El cuarto pago de esta porción fue de diecisiete enteros con cincuenta centésimas por ciento (17,50%) y se liquidó el veintiséis (26) de agosto del año dos mil nueve (2009), con la instalación de puerta de cabina, centro marco de cabina y pintura de puerta, entrega en pleno funcionamiento del ascensor impar.
El pago correspondiente a la segunda porción por la reparación del ascensor par, se hizo de la siguiente forma:
1.      El primer pago de esta porción fue de diecisiete enteros con cincuenta centésimas por ciento (17,50%) y se liquidó el cuatro (04) de septiembre del año dos mil nueve (2009), con puesta en la sala de maquina del tablero de control para el ascensor par.
2.      El segundo pago de esta porción fue de diecisiete enteros con cincuenta centésimas por ciento (17,50%) y se liquidó el quince (15) de septiembre del año dos mil nueve (2009), con la instalación del tablero de control y cable viajero.
3.      El tercer pago de esta porción fue de diecisiete enteros con cincuenta centésimas por ciento (17,50%) y se liquidó el veinticuatro (24) de septiembre del año dos mil nueve (2009), con la instalación del motor de puerta, cableado de pozo, instalación de inductores y micro switch de seguridad para corta corriente.
4.      El cuarto pago de esta porción fue de diecisiete enteros con cincuenta centésimas por ciento (17,50%) y se liquidó el veintinueve (29) de septiembre del año dos mil nueve (2009), con la instalación de puerta de cabina, centro marco de cabina y pintura de puerta, entrega en pleno funcionamiento del ascensor par.

Para cualquier información al respecto dirigirse a la ADMINISTRADOR VENESPA. Vecinos, estas dos señoras son mentirosas y su participación en la Junta de Condominio es ilegitima, ya que de diecinueve (19) propietarios o representantes que acudieron a la Asamblea, solo seis (6) votaron por ellas.
Por último quiero recordarles que la sra. SECRETARIA, sufre de un extraño síndrome el cual la impulsa a citar a la POLICIA bajo cualquier pretexto, a miembros varones de las Juntas de Condominio cuyas faltas fue el “NO IGNORARLA”. Pobre de aquellos que se sienten invisibles en una sociedad. vg.

Ahora deben imponerse en pos de los valores de la solidaridad, el trabajo colectivo, el amor al prójimo, la adecuación del edificio a mejoras sustanciales.



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