San Antonio de los
Altos 30 de mayo de 2011
Ciudadanos
Miembros de la Comunidad de la Torre 5, Parque Residencial OPS
Presentes.-
Me dirijo a
ustedes, impulsado por el deseo de compartir con ustedes mis inquietudes y
análisis sobre las situaciones presentadas en las Juntas de Condominios
elegidas una el 26 de septiembre de 2010
y la otra el 24 de marzo de 2011,
luego que la mayoría de los miembros de la Junta del 26
de septiembre renunciaran a sus cargos.
Quiero comenzar recordándoles que en
su afán de exponer al escarnio público ante los vecinos de nuestra torre, las dos
miembros de la Junta
de Condominio de la Torre
5, quienes para ese momento ostentaban los cargos de Secretaria y 3er. vocal,
publicaron una serie de escritos con sus respectivas graficas en cartelera, sin
la aprobación de los miembros de la
Junta de Condominio para ese momento vigente, este par de
señoras demostrando la maldad que las consume y la falta de amor hacia el
prójimo, arremetieron contra el sr. CONSERJE, de manera inmisericorde,
demostrando así el desprecio que sienten hacia personas humildes, para nadie es
un secreto que estas señoras acosaron laboralmente al conserje desde el mismo
instante que asumieron por primera vez como miembros de la junta de condominio,
en fecha 26 de septiembre de 2010, resulta muy lamentable que estas personas
hayan atentado contra la estabilidad laboral y emocional de un persona, pues no
están exentas si es que ya no han pasado por situaciones laborales extremas, es
de hacer notar que ellas no actúan por si mismas, se sabe que detrás de ellas
hay otras personas que las manejan cual marionetas, dan pena ajena, si hubiesen
tenido un poco de dignidad no formarían parte de la Actual Junta de
Condominio, la cual fue elegida el jueves 24 de marzo, en todo caso a estas
alturas ya la comunidad sabe que tipo de personas son, toda vez que, las
relaciones entre ellas no son de un todo buenas, (se cumple de nuevo la
situación planteada en la Junta
anterior), pero aquí las cosas se pusieron color de hormiga pues la otrora SECRETARIA de la Junta anterior quien es la
misma de la junta actual, parece que le dieron una cucharada de su misma
medicina, razón por la cual no duro mucho en el cargo, toda vez que después de
tantas desavenencias entre ellas no le quedo otra que renunciar.
De igual manera luego de haberse
mantenido en el cargo durante ______ (___) meses la PRESIDENTA
también renuncio, quedando la
Junta de Condominio en manos de quien fuera 3er. vocal de la Junta anterior como TESORERA de la actual, parece que esta
señora les jugo rudo a la PRESIDENTA y a la SECRETARIA,
gracias a Dios su periodo vencerá y no habrá reelección para ellas.
Luego de la renuncia a la Junta de Condominio, en fecha 24 de febrero del
año 2011, del Presidente, Tesorero y el 1er y 2do vocal, y el aprovechamiento
de la sra. SECRETARIA, ante la situación presentada como fue el
fallecimiento desafortunado del Sr. VICTOR
RAMOS, para armar una tramoya y hacerles creer a la comunidad que los
referidos ciudadanos habían renunciado a fin de evadir responsabilidades. El
sainete montado por esta señora y un grupito de vecinos aparentemente dio
resultados, pero una publicación en cartelera de fecha 15 de marzo de 2010 hizo
que muchos vecinos abrieran los ojos, y estos comenzaran a ver las cosas desde otro
punto de vista, sin embargo la referida publicación duro en cartelera menos de
un día, toda vez que no era conveniente a los planes de la ciudadana SECRETARIA
y su combo, y esta fue retirada, razón por la cual se emitieron posteriormente copias
de las mismas, a fin de hacerla llegar a la mayoría de los vecinos, sobre todo
a aquellos que acudieron a la elección de la nueva Junta de Condominio.
Por otra parte la
sra. SECRETARIA muestra supina
ignorancia al creer que engañaban a los vecinos al presentar un escrito donde
presuntamente en la asamblea pautada para el 17 de febrero de 2011, se había decidido no continuar con la
empresa de mantenimiento NarvyExpress, el cual se encuentra firmado por un grupo de vecinos que
posiblemente preñados de buenas intenciones suscribieron el referido escrito,
abusando de la buena fe de esos vecinos, entendiéndose que la buena fe se
presume, mientras que la mala fe hay que demostrarla. Cabe destacar que ese día
no hubo quórum por lo que esa
supuesta decisión es nula de toda nulidad, por lo que se convoco una tercera y última
asamblea pare el día 24 de febrero, y el referido escrito fue presentado para
su firma en esa fecha. Los vecinos pueden solicitar copias de la asamblea
celebrada el 17/02/2011, a la ADMINISTRADORA VENESPA, así como
cualquier tipo de información, están en su derecho. ¿Como se burlaron de
nosotros?
Es necesario recordar la
necesidad de un ayudante para el conserje ahora denominado (Trabajador
Residencial) o en su defecto la contratación de una empresa que realice el
trabajo realizado por NarvyExpress, pero considero que es necesario
hacer primero que nada un análisis, sobre todo cuando se trata de nuestro
dinero, por ejemplo:
¿Cual seria el impacto económico sobre los gastos comunes, con la
contratación de un ayudante? Veamos:
Concepto
|
01/05/2011
|
Salario mínimo
|
1.404,47
|
Salario integral diario
|
49,68
|
Bono alimentación
|
418,00
|
Vacaciones
|
58,52
|
Bono vacacional
|
27,31
|
Bono fin de año
|
58,52
|
Aporte IVSS
|
137,33
|
Fondo Ahorro Habitacional
|
14,90
|
Paro Forzoso
|
25,93
|
TOTAL
|
2194,66
|
En total alcanza a DOS MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO BOLIVARES CON
66/100 CENTIMOS (2.194,66), cabe destacar que, con la contratación de un
ayudante el monto expresado anteriormente corresponde a un mes de trabajo, sin incluir
el calculo de prestaciones, ya que para ello tendrían que
contratar por tres (3) meses, para no acumular pasivos, aunado al hecho que no
se ha tomado en cuenta lo que tendríamos que gastar por concepto de material de
limpieza, lo cual seguramente seria superior a los TRES MIL BOLIVARES (Bs.
3.000,00) que cobraba NarvyExpress.
El tema de los ascensores, en este caso la protagonista es la sra.
3ra vocal, quien en la
Asamblea del 24 de marzo difamo de manera pública y notoria a
la empresa ASCENSORES MAXVI 2
C.A., al señalarla como empresa fantasma, toda vez que ella había constatado
en el Registro
Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y
Estado Miranda, en fecha
veintitrés (23) de junio del año dos mil seis (2006), y pudo constatar que: la
referida empresa no se encontraba
inscrita bajo el Nº 16, Tomo 122-A-Sdo, y que en su lugar estaba otra empresa, sin mostrar a la audiencia documento alguno
que sustentara su acusación, es de hacer notar que las señoras ya señaladas
hacen buena práctica de la cultura de PAUL JOSEPH GOEBBELS. Reiteradamente de manera irresponsable han sostenido que la reparación
de los ascensores tuvo un costo de CIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 140.000,00),
pero que se había cancelado la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES (Bs.
160.000, 00), donde hacen ver que alguien se había apoderado indebidamente
de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,00), sin ni siquiera constatar con la ADMINISTRADORA
los referidos montos, esto presuntamente
sucedió en mi administración, cosa que han dicho pero no han probado, esto lo
que si prueba es que estas dos señoras son cultoras GOEBBELIANA, lo último
sucedió cuando se daño el ascensor par, nuevamente la acusación pero ahora se
hablaba de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 180.000,00), señoras ¡sean
serias!. Ahora paso a informar a la comunidad sobre el gasto por concepto
de reparación de los ascensores que se llevo a cabo en el año 2009, y que fue
por el monto de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 146.000,00), mas
el doce por ciento (12%) por concepto de IVA, lo cual da un total de CIENTO SESENTA Y
TRES MIL QUINIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs. 163.520,00) y que desgloso a
continuación:
Para la reparación de los dos (02) ascensores se acordó con
la empresa ASCENSORES MAXVI 2 que el precio total de la obra era por la
cantidad de SETENTA Y TRES MIL BOLÍVARES
EXACTOS (Bs. 73.000,00), por cada ascensor lo cual hacia un total de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL BOLIVARES EXACTOS
(Bs. 146.000,00), más el doce por
ciento (12%) del Impuesto del Valor Agregado (IVA), sobre la cantidad
referida por un monto de DIESISIETE MIL
QUINIENTOS VEINTE BOLIVARES EXACTOS (Bs. 17.520,00), lo cual hacen un total
de CIENTO SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS
VEINTE BOLIVARES EXACTOS (Bs. 163.520,00), discriminados de la siguiente
manera:
El primer pago se hizo por el treinta por ciento (30%) del importe total es decir de CUARENTA Y NUEVE MIL CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES EXACTOS (Bs. 49.056,00)
y se liquidara a la firma de este contrato.
Las partes acordaron en que el saldo pendiente por la
cantidad de CIENTO CATORCE MIL
CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES EXACTOS (Bs. 114.464,00), se
dividió en dos porciones cada una de ellas de CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES EXCATOS (Bs.
57.232,00).
El pago correspondiente a la primera porción por la
reparación del ascensor impar, se hará de la siguiente forma:
1.
El primer pago de esta porción fue de diecisiete enteros con cincuenta
centésimas por ciento (17,50%) y se liquidó el tres (03) de agosto del
año dos mil nueve (2009), con puesta en la sala de maquina del tablero de
control para el ascensor impar.
2.
El segundo pago de esta porción fue de diecisiete enteros con
cincuenta centésimas por ciento (17,50%) y se liquido el doce (12) de agosto del año dos mil
nueve (2009), con la instalación del tablero de control y cable viajero.
3.
El tercer pago de esta porción fue de diecisiete enteros con cincuenta
centésimas por ciento (17,50%) y se liquidó el veintiuno (21) de agosto del año dos mil nueve (2009), con la
instalación del motor de puerta, cableado de pozo, instalación de inductores y
micro switch de seguridad para corta corriente.
4.
El cuarto pago de esta porción fue de diecisiete enteros con cincuenta
centésimas por ciento (17,50%) y se liquidó el veintiséis (26) de agosto del año dos mil nueve (2009), con la
instalación de puerta de cabina, centro marco de cabina y pintura de puerta,
entrega en pleno funcionamiento del ascensor
impar.
El pago
correspondiente a la segunda porción por la reparación del ascensor par, se hizo de la siguiente forma:
1.
El primer pago de esta porción fue de diecisiete enteros con cincuenta
centésimas por ciento (17,50%) y se liquidó el cuatro (04) de
septiembre del año dos mil nueve (2009), con puesta en la sala de maquina del
tablero de control para el ascensor par.
2.
El segundo pago de esta porción fue de diecisiete enteros con
cincuenta centésimas por ciento (17,50%) y se liquidó el quince (15) de septiembre del año
dos mil nueve (2009), con la instalación del tablero de control y cable viajero.
3.
El tercer pago de esta porción fue de diecisiete enteros con cincuenta
centésimas por ciento (17,50%) y se liquidó el veinticuatro (24) de
septiembre del año dos mil nueve (2009), con la instalación del motor de
puerta, cableado de pozo, instalación de inductores y micro switch de seguridad
para corta corriente.
4.
El cuarto pago de esta porción fue de diecisiete enteros con cincuenta
centésimas por ciento (17,50%) y se liquidó el veintinueve (29) de septiembre del año dos mil nueve (2009),
con la instalación de puerta de cabina, centro marco de cabina y pintura de
puerta, entrega en pleno funcionamiento del ascensor par.
Para cualquier información al respecto
dirigirse a la ADMINISTRADOR VENESPA. Vecinos, estas
dos señoras son mentirosas y su participación en la Junta de Condominio es
ilegitima, ya que de diecinueve (19)
propietarios o representantes que acudieron a la Asamblea, solo seis (6) votaron por ellas.
Por último quiero recordarles que la sra. SECRETARIA, sufre de un extraño
síndrome el cual la impulsa a citar a la POLICIA
bajo cualquier pretexto, a miembros varones de las Juntas de Condominio cuyas
faltas fue el “NO IGNORARLA”. Pobre
de aquellos que se sienten invisibles en una sociedad. vg.
Ahora deben imponerse en pos de los
valores de la solidaridad, el trabajo colectivo, el amor al prójimo, la
adecuación del edificio a mejoras sustanciales.
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